Ley SANNA establece seguro para el Acompañamiento de Niños y Niñas
La Ley SANNA es un avance impulsado por el Gobierno de la Presidenta Bachelet que fortalece el sistema de Protección Social de nuestro país.
Nacional, 28 de diciembre de 2017; En junio de este año, la Presidenta Michelle Bachelet firmó el proyecto de ley que da origen a este seguro obligatorio y de carácter solidario del que podrán gozar los padres y madres. Un avance más para seguir fortaleciendo el sistema de protección social. Hoy (28/Diciembre), finalmente, se promulga el Seguro para el Acompañamiento de niños y niñas que padezcan enfermedades graves (SANNA).
¿Para qué sirve el Proyecto de ley Sanna?
Mediante este seguro, las mamás y papás que son trabajadores podrán acompañar a sus hijos de entre 1 y 18 años que se encuentren afectados por una condición grave de salud y de alto riesgo vital, haciendo uso de una licencia médica hasta por 90, 60 o 45 días según el caso, y de esa manera, puedan acompañarlos, cuidarlos y durante ese tiempo. Recibirán una prestación económica que reemplaza, total o parcialmente, la remuneración financiada por este seguro.
Este seguro cubrirá a más de 3 millones de trabajadores, y más de 4.000 niños podrán contar con el cuidado de sus padres en momentos difíciles.
¿Qué tipo de enfermedades son consideradas por el SANNA?
Los padres podrán acompañar a sus hijos e hijas menores afectados por enfermedades catastróficas como el cáncer, trasplante, estado terminal, accidente grave con riesgo de muerte o secuela funcional severa y permanente. Cada una de estas enfermedades se irán sumando de forma gradual, partiendo por el cáncer y sus cuidados paliativos y luego se irán incorporando las demás contingencias.
- Si ambos padres son trabajadores podrán hacer uso de la licencia en conjunto o sucesivamente, por día completo o media jornada.
- Si haces uso de SANNA, no podrás ser despedido.
¿Los tiempos de licencia varían según cada enfermedad?
Sí, cada enfermedad considera tiempos que se ajustan a cada procedimiento médico.
- Cáncer y Trasplante: 90 días corridos.
- Desahucio o Estado Terminal: 60 días.
- Accidente grave, con riesgo vital, o secuela funcional severa y permanente: 45 días y desde el día 11.
¿Qué aporte a Chile hará este nuevo Seguro Obligatorio?
Con esta política pública, se busca conciliar familia y trabajo, incentiva la corresponsabilidad parental: que tanto el padre como la madre se involucren en el cuidado de sus hijos, promoviendo de este modo un cuidado más equitativo.
Presidenta de la República, Michelle Bachelet:
«Ningún chileno quedará desamparado frente a una situación tan dramática como la enfermedad grave de un hijo”
La Nueva normativa crear un seguro obligatorio de carácter solidario que beneficia a los padres y madres trabajadores o a quien, teniendo la condición de trabajador, tenga por resolución judicial el cuidado personal de un niño o niña, mayor de 1 año y menor de 15 o 18 años de edad afectado por una condición grave de salud, para que puedan ausentarse justificadamente de su trabajo durante un tiempo determinado (a través de una licencia médica).
“Con esta ley hoy estamos creando el Seguro para el acompañamiento de los niños y niñas, SANNA. Respondemos así con contundencia, con responsabilidad y visión de Estado a una sentida demanda de los padres de niños que tienen condiciones graves de salud, como el cáncer, la necesidad de realizar un trasplante, la fase o estado terminal de la vida y los accidentes graves y de alto riesgo vital”, sostuvo.
La máxima autoridad del país explicó que este seguro otorga a los padres y las madres que son trabajadores la posibilidad de ocuparse personalmente del cuidado, atención y acompañamiento de su hijo o hija durante su enfermedad y, durante este tiempo, justificar su ausencia temporal al trabajo, con la posibilidad de reintegrase posteriormente a él y mantener un ingreso para cubrir las necesidades de su familia, recibiendo un subsidio.
Se trata de un seguro obligatorio, solidario y contributivo, que se financia con una cotización muy pequeña que pagan actualmente los empleadores. Es decir, no significa un nuevo aporte, sino redestinar los recursos.
Serán beneficiarios de este seguro todos los trabajadores dependientes, tanto del sector público como del sector privado, los trabajadores independientes que cotizan y los trabajadores temporales que se encuentren cesantes y cumplan los requisitos establecidos en la ley.
En Chile, existen más de 3.000.000 de padres y madres que son trabajadores con al menos un hijo menos de 18 años y se estima que existen 4.000 niños afectados por algunas de las contingencias graves de salud: cáncer, trasplante, desahucio y cuidados paliativos de cáncer y accidentes graves.
“Con la promulgación de esta ley estamos dando un nuevo paso en la consolidación de nuestro Sistema de Protección Social, incorporando otro componente que se une al seguro de cesantía, a las garantías explícitas en salud (GES), al sistema de pensiones solidarias, al Chile Crece Contigo, al postnatal parental, y más recientemente, a la gratuidad universitaria”, sostuvo la Mandataria.
Finalizó indicando que “estas políticas aseguran un piso mínimo de protección social para las personas y sus familias: ningún chileno o chilena quedará desamparado y a su suerte frente a una situación tan dramática como la enfermedad grave e imprevista de un hijo o hija menor de edad. Eso es lo que yo entiendo como proteger verdaderamente a las familias; ir más allá de proponer una serie de limitaciones al derecho de decidir cómo las constituimos. Es la certeza de que cada una de ellas tendrá garantías, protección, certeza y oportunidades”.
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