Tribunal lajino falla, en primera instancia, en contra de Municipalidad por lo que considera despido discriminatorio

Laja, 3 de Mayo de 2017; Hace unos días se dio a conocer por parte de BiobioChile.cl, la resolución, en primera instancia, en relación al despido de dos funcionarios quienes denunciaron una desvinculación de tipo discriminatorio, que para los denunciantes sería de carácter político.

Se trata de los ex funcionarios del Municipio lajino, Evaristo Fernández Velásquez y David Luengo Provoste, quienes demandaron por despido injustificado y discriminación política. Ambos funcionarios estaban contratados desde diciembre de 2012 al 31 de diciembre de 2016. Además de contar con contrato “nuevo” vigente por todo el año 2017, sin cláusula que pudiese poner término anticipado del contrato de manera unilateral, en los términos que se están discutiendo.

Este nuevo contrato, que contaba con recursos aprobados del presupuesto 2017, desde noviembre del 2016, y aprobado por el anterior Concejo Municipal, al llegar la nueva administración encabezada por el edil Vladimir Fica Toledo, esto fue cuestionado.

Cabe señalar, que no se debe desconocer que esto suele ser una “práctica habitual”, cuando ocurren cambios en la cabeza de las distintas administraciones de los municipios del país, en que se generen este tipo de desvinculaciones, despidos o contratos que van más allá del llamado “personal de confianza” de quienes dejan el cargo.

En el caso mencionado, la demanda está patrocinada por el abogado angelino Mario Hidalgo, quien basa sus fundamentos en un despido injustificado y discriminatorio demandando por acción de tutela.

La denominada acción de tutela laboral tiene la finalidad central de protección de los derechos fundamentales del trabajador(a) de naturaleza no laboral, tales como el respeto y protección a la vida privada y a la honra del trabajador(a), la libertad de expresión, el derecho a no ser sujeto de los actos discriminatorios señalados en el artículo 2° del Código del Trabajo, entre otros.

MUNICIPALIDAD DE LAJA

A través del actual Departamento de Comunicaciones, y del abogado del Municipio, Guillermo Escarate, hemos tratado de obtener su versión de los hechos, en este y otros dos casos relacionados a desvinculaciones producidas en esta gestión municipal. En ambas solicitudes no tuvimos respuestas directa sobre estos hechos, es más, el día martes 2 de mayo tratamos de obtener, como medio de comunicación, la opinión directamente de quien encabeza el tema jurídico municipal, el abogado Guillermo Escarate, quien declinó conversar con nosotros y solo manifestó a través de una tercera persona que no daría información al respecto, esto llama la atención debido a que solo hace un par de días atrás había entregado su parecer en un medio de comunicación de la ciudad de Los Ángeles.

En la ocasión, señaló que los “ex funcionarios a honorarios de la municipalidad que trabajaban cumpliendo funciones políticas con el ex alcalde (José Pinto), y en ese sentido se les puso término. Ahora bien desde el punto de vista de la acciones a seguir, como no estamos conformes con esta sentencia en primera instancia que se ha dictado, interpondremos los recursos correspondientes para impugnarla y que se revierta la sentencia”, aludiendo dicha sentencia no corresponderían a los hechos y méritos de la causa, esto es lo que expresó en publicación del día sábado 29 de abril a Radio Biobío.

Cabe recordar que, en el año 2016, una vez ya en su cargo el alcalde lajino, Vladimir Fica Toledo a mediados del mes de diciembre, declaró en conjunto en medios radiales y señal de televisión local, al ser consultado en relación a estas desvinculaciones, lo siguiente “Cuando tú ingresas al municipio, tú eres parte del municipio, no eres parte de un partido político, el único político es el Alcalde. El resto de los que trabajan ahí, son todos funcionarios pagados por el Estado de Chile, y por todos los contribuyentes. Lo que yo no voy a aceptar, y jamás he aceptado, es de que la gente se involucre en campañas políticas, ellos son funcionarios municipales. Cuando esa gente viene con esa intención y viene con esa visión de comuna, esa gente no puede prestar servicios por lo menos en esta municipalidad. Y eso es un llamado general, a todos los funcionarios se los dije hoy día (16 de Diciembre); el único político de ahí es el Alcalde, el resto son todos trabajadores públicos, ya sea a honorarios, a contrata, de planta, todos… hasta el Alcalde es un funcionario público, tiene responsabilidad administrativa. Entonces eso yo no lo voy a permitir, porque a mí se me faltó el respeto, a mí se me basureó. Y no estoy basureándolos, o sea, nadie se merece eso que… de la forma en que a mí se me trató, por tanto esa gente no merece trabajar en la municipalidad, no está a la altura de pertenecer a un gobierno comunal. Y son las acciones que se toman, y cuando se ingresa de la forma que se ingresó, bueno, ellos saben cuáles son las reglas del juego, esto es sin llorar… esto es sin llorar”, expresó.

Son estas palabras parte de las que se utilizaron, además de otras pruebas y declaraciones de testigos; en los que se encuentran el ex alcalde José Pinto Albornoz y ex DIDECO Ivonne Morales Burgos, en la demanda presentada en contra del Municipio lajino, la que en primera instancia, obliga a cancelar los montos solicitados por los demandantes, recordando que aún quedan instancias por parte de los demandados (Municipalidad) para revertir esta resolución, por ejemplo, acudir a la Corte de Apelaciones de Concepción, entre otras medidas.

SENTENCIA TRIBUNAL LAJINO

El Tribunal de Laja después del proceso correspondiente, dictó sentencia (en primera instancia) a favor de los ex trabajadores, ordenando al Municipio de Laja al pago de las indemnizaciones respectivas, indicadas en la sentencia, debido a que el despido infringió, según se indica, derechos fundamentales y fueron calificados como discriminatorio.

En la práctica, este hecho, de mantenerse favorable a los ex funcionarios, significaría el pago por conceptos de indemnización sustitutiva del aviso previo, por perjuicio por concepto de lucro cesante, años de servicio e indemnizaciones adicionales, que para los casos de los dos ex funcionarios David Luengo y Evaristo Fernández, llegaría a una cifra total cercana a los 40 millones de pesos.

Además dentro de los doce puntos de la sentencia, se indica;

IX.- que se condena a la demandada a que en lo sucesivo se abstenga de poner término a las vinculaciones del personal dependiente de la Municipalidad de Laja por razones políticas, ello bajo el apercibimiento contemplado en el inciso 1° del art. 492 del Código del Trabajo.

RESOLUCIONES DE CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Además de los casos antes descritos, existen otros que fueron llevados a través de la Contraloría General de la República, que también en primera instancia están dando la razón a los funcionarios desvinculados, en estos casos, se trata de Héctor Rosas, quien estaba a cargo de la locución de todas las actividades municipales y además de Marjorette Vidal Toledo, esta última con cargo en la Egis Municipal, quien realizaron presentaciones a la Contraloría General de la República.

En estos casos, en primera instancia, se estaría obligando al Municipio lajino a su reincorporación de funciones, resoluciones que también se encuentran en estado de apelación por parte del equipo jurídico de la Municipalidad de Laja.

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