Dirección de Obras municipales reitera obligatoriedad de permisos de edificación y recepción definitiva

Construcciones / DOM

La Dirección de Obras de la Municipalidad de Laja,   instruye a la comunidad  referente a las  obligaciones  que  establece la Ley General de  Urbanismo y Construcción y su Ordenanza, con respecto a los Permisos de Edificación  y Recepciones  Definitivas.En primer   lugar, es  importante destacar que “toda construcción  ubicada en el sector  urbano  o  rural  DEBE contar   con su Permiso de Edificación y Recepción  Definitiva”,  cuyos  alcances se   indican a continuación:

Permisos de Edificación

Documento que se debe obtener antes  de iniciar una edificación y al no tenerlo se infringe lo establecido  en el art. 116  de la Ley General de Urbanismo y Construcción.

Trámite de Permiso de Edificación

El Permiso de Edificación es el trámite  que tiene por objeto autorizar toda obra de construcción, de cualquier naturaleza y cualquiera sea su destino.

Requisitos a cumplir

  • Debe cumplir con la Ley General de Urbanismo y Construcciones
  • Debe cumplir con el plan regulador comunal, excepto en el sector
  • Debe cumplir con la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.
  • Debe ser patrocinado por un arquitecto.

Recepción Definitiva

La Recepción Definitiva  de una construcción  corresponde a un certificado emitido por la Dirección de Obras Municipales, una vez que fue solicitado por el propietario con el patrocinio del arquitecto. Este  el último proceso que debe cumplir una edificación , luego de esto no existen  mas tramitaciones y  queda en cumplimiento  de la   normativa,  una vez aprobada  esta  solicitud. El no contar con la Recepción Definitiva se infringe lo establecido en el art.  144 y 145 de la Ley General de Urbanismo y Construcción.

Este  proceso tiene como objetivo recibir conforme las obras  que fueron aprobadas  mediante un Permiso de Edificación y corresponde a un certificado emitido por la Dirección de Obras Municipales, donde se habilita y aprueba el uso de una construcción para ser habitada o usada en el destino que fue solicitado en el mencionado Permiso.

Este procedimiento se  aplica a toda persona  natural, jurídica y/o sociedades que construyan un edificio o ampliación  en la comuna.

Para realizar consultas relacionadas con estas obligaciones se solicita dirigirse al Departamento de Obras, ubicado en el segundo piso de edificio municipal en Balmaceda Nº292, en horario de 8:30 a 13:30 horas.

RELACIONADOS

MUNICIPALIDAD DE LAJA – Obligatoriedad de los permisos de edificación y recepción definitiva

También te podría gustar...